Cuando los trabajadores independientes aperciben un sueldo mínimo y vigente por encima del mismo, deben hacerse cargo de su seguridad social. Pero, ¿sabes cuánto es lo que se tiene que pagar en 2022?
En el siguiente artículo, hemos desarrollado una guía completa para que realices la cotización de la seguridad social siendo independiente. Además, responderemos las preguntas más usuales en cuanto a este tema se refiere.
Antes de explicar el proceso de afiliación como trabajador independiente, pasaremos a brindar un paneo de lo que es la seguridad social. El mismo fue creado en 1993 bajo la Ley 100. Consiste en un sistema que reúne de forma coordinado una serie de normas, procesos y entidades a las que se puede obtener un acceso a la dignidad humana.
La seguridad social es parte del Sistema de Protección Social que va de la mano de políticas en materia de asistencia social y protección laboral. A su vez, comprende en obligaciones propias del Estado para determinar los recursos dirigidos a que estén garantizados las prestaciones a nivel de salud, pensión, entre otros.
Concretamente, la Seguridad Social consiste en un servicio público y de carácter obligatorio. Si bien el encargado de velar por sus tareas es el Estado, puede ser prestado por entidades privadas. Gracias a este sistema, sus contribuyentes están protegidos en todos los niveles: salud, trabajo (en caso de desempleo), maternidad, riesgos laborales.
Ahora bien, un trabajador independiente se afilia a una EPS (Entidad Promotora de la Salud) y fondo de pensiones (régimen público o privado) de acuerdo a sus necesidades y posibilidades de acceso según sus ingresos económicos.
Asimismo, este tiene que afiliarse a una ARL (Administradora de Riesgos Laborales). Si cuenta con varios contratantes, se realiza tan solo una única afiliación a una misma entidad. Al inscribirnos en la Seguridad Social se hace una cotización ya sea que tengan un contrato, hagan actividades de forma particular o cualquier otra acción laboral.
Dentro de este sistema, se tienen varios subsistemas. Estos son:
- Sistema de subsidio familiar (Cajas de compensación familiar).
- Sistema general de riesgos laborales (SGRL).
- Sistema general de pensiones.
- Sistema de seguridad social en salud (SGSSS).
Lo primero que el trabajador debe hacer es afiliarse ya sea el fondo de pensiones, EPS o ARL que escoja, de forma independiente. A continuación, tendrá que abonar el aporte mediante un formulario único facilitada por alguno de los operadores que hay en el actual mercado.
En este punto, algunos eligen inscribirse a la Seguridad Social a través de cooperativas, claro que estas cobran una tarifa adicional por actuar como intermediarios en el proceso de afiliación. No obstante, no es recomendable puesto que podrías ser estafado y no recibes ningún beneficio.
Claro que las cooperativas al estar exoneradas del pago de aportes en materia de salud, invitan a los trabajadores independientes a afiliarse mediante estas puesto que así cobran el 12,5% del aporte que este debería dar al SGSSS, quedándose con un 8,5% del monto total.
Entonces, el pago puede hacerse a través de esta vía o directamente mediante una entidad encargada de ello ya sea una EPS, ARL o Caja de Compensación Familiar. Si se hace de forma directa, el aporte se basa en el salario mínimo que recibe. Este debe superar al menos 1 SMMLV, el cual en 2022 es de 1 millón de pesos. De esta manera se realiza el pago de seguridad social como independiente y sin intermediarios.
¿Cuánto se paga como independiente en la SS?
El monto que debes abonar en concepto de Seguridad Social varía en base a tus ingresos mensuales. De aquí se calcula el pago. Para entender un poco más al respecto, el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 indica lo siguiente:
“Los independientes por cuenta propia y los trabajadores independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales con ingresos netos iguales o superiores a un (1) salario mínimo legal mensual vigente efectuarán su cotización mes vencido, sobre una base mínima de cotización del 40% del valor mensualizado de los ingresos, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado – IVA”.
Antes de que se introdujese dicha legislación, la cotización se basaba en los ingresos brutos iguales o mayores al salario mínimo apercibido. Hoy en día, son a partir de los ingresos netos. Esto se debe a que los últimos son inferiores a los primeros. Por lo tanto no se entienden como utilidad.
A continuación, te presentamos un ejemplo para que sepas cuánto es lo que paga un independiente en concepto de seguridad social en 2022 basándonos en un salario mínimo actual:
Entidad | Monto |
---|---|
EPS | $125.000 |
Pensión | $160.000 |
ARL | $5.220 |
Aclaración: Mientras más elevada sea la base de la cotización, mayor será el valor a pagar.
De acuerdo a la legislación colombiana, quien ejerza sus funciones laborales de manera independiente debe calcular el pago de su seguridad social basándose en una base de cotización en particular. En los siguientes apartados, te explicamos cada una de estas:
Base contrato prestación de servicios
El ingreso base en la actualidad es del 40%. Dicho porcentaje se toma de lo apercibido mensualmente en materia monetaria. Según el Decreto 780 de 2015, el Ingreso Base de Cotización (IBC) del Sistema de Seguridad Social de un trabajador independiente corresponde a este valor.
Vale indicar, que este monto no incluye el IVA (Impuesto al Valor Agregado), en caso de que aplique. Asimismo, el IBC no puede ser inferior a un SMMLV, ni mayor, específicamente, a 25 veces de dicho ingreso.
Todos los tipos de cotización
A continuación veremos los diferentes tipos de cotización:
- Base de cotización con diferentes contratos
En estos casos en los que se prestan servicios personales mediante contratos o se requiere acudir a la subcontratación, la base de la cotización se determina se realiza restando los costos según los requisitos que se cumplan de acuerdo al artículo 107 de la legislación tributaria.
Entonces, basándonos en los ingresos apercibidos mensualmente se realizan las deducciones imputables a dichos ingresos y a ese monto se le tendrá que aplicar el 40%. Siempre hay que tener presente que dicha cantidad no puede ser menor al SMMLV.
En los casos que el ingreso base sea inferior al salario mínimo vigente, es necesario cotizar sobre dicho monto. Entonces, si los costos extras que presenta son superiores a este, tendrá la opción de imputarlos basándose en el artículo 107 del estatuto tributario. Por último, ten presente que al 40% se le tienen que aplicar los porcentajes de salud (12,5%) y pensión (16%), lo cual debe abonarse en su totalidad.
- Base de cotización de contratos indefinidos
En estas instancias, no se requiere determinar el monto mensual del contrato, puesto que se tomará el valor que aperciba cada mes, ya que este puede llegar a variar. Concretamente, no es necesario sacar el promedio para conseguir la base de la cotización, debido a que este se obtendrá según el desembolso que se obtenga mensualmente.
- Base de cotización de ingresos estacionarios
Cuando los trabajadores independientes no reciben un ingreso determinado durante cada mes, sino que, por ejemplo, aperciben un sueldo una vez al año o montos superiores a un SMMLV en ciertos períodos, deben cotizar a mes vencido en base a un IBC también del 40% de dichos ingresos.
Planilla para los trabajadores independientes
La cotización de Seguridad Social como independiente debe hacerse según diferentes planillas. Estas de definen de la siguiente manera:
Tipo de trabajador independiente | Planilla | Tipo de cotizante |
---|---|---|
Cuenta propia | I – Independientes | Número 3: Si solo va a realizar aportes en materia de salud y pensión. Número 57: Si opta por hacer aportes a ARL, pero también puede sumar salud y pensión. |
Prestador de servicios | Y – Empresas independientes: En los casos en que el contratante hace los aportes de SS del contratista. I – Independientes: Si el contratista realiza sus propios aportes de Seguridad Social. | Número 59: Si el independiente tiene un contrato mayor a 1 mes de servicios. |
Rentista de capital | I- Independientes | Número 3: Si solo aporta a salud y pensión. Número 57: Si además de aportar a salud y pensión lo hace una Administradora de Riesgos Laborales. |
¿Cuándo es la fecha del pago?
De acuerdo al Decreto 1990 en su artículo 3.2.2.1 promulgado en 2016, las fechas para el pago de los aportes de la Seguridad Social se basan en los últimos dos dígitos de la cédula. A continuación, lo vemos mejor detallado en la siguiente tabla:
Día hábil del mes | Dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía |
---|---|
2 | 00 al 07 |
3 | 08 al 14 |
4 | 15 al 21 |
5 | 22 al 28 |
6 | 29 al 35 |
7 | 36 al 42 |
8 | 43 al 49 |
9 | 50 al 56 |
10 | 57 al 63 |
11 | 64 al 69 |
12 | 70 al 75 |
13 | 76 al 81 |
14 | 82 al 87 |
15 | 88 al 93 |
16 | 94 al 99 |
Preguntas relacionadas
¿Debo pagar aportes a SS por ganancias eventuales?
Es una consulta muy usual entre los trabajadores independientes. De acuerdo al artículo 135 de la Ley 1753 de 2015, sí se deben realizar aportes en cuanto a estas ganancias sin importar el origen. Por lo tanto, el aporte debe basarse según el ingreso neto apercibido. Por ejemplo, si vendes una propiedad en 100 millones de pesos y obtienes una ganancia de 40 millones, a ese monto se le deberá aplicar el 40% del IBC.
¿Qué ocurre con el IVA en el pago de la Seguridad Social?
En base a la legislación tributaria, el IVA no va incluido en el IBC. Cuando se trata de un contrato por servicios prestados de un responsable del impuesto a las ventas se debe cobrar el IVA. Por lo tanto, el contratista apercibe de manera mensual el monto del contrato más dicho impuesto. Sin embargo, únicamente se toma los ingresos previos al impuesto para realizar el cálculo del 40%.
Contenido
- 1 Afiliación de los trabajadores independientes a seguridad social
- 2 ¿Cómo pagar la seguridad social como independiente?
- 3 ¿Cuánto se paga como independiente en la SS?
- 4 Base de Cotización seguridad social trabajadores independientes 2022
- 5 Planilla para los trabajadores independientes
- 6 ¿Cuándo es la fecha del pago?
- 7 Preguntas relacionadas