En el siguiente artículo, te informamos de cada aspecto que pueda serte de interés y de ayuda para comprender dicho impuesto y cómo saber si me toca declarar la renta en 2022.
¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) se basa en los ingresos económicos, consumos, bienes, compras realizadas, transferencias bancarias y consignaciones para determinar si una persona natural debe presentar su declaración de renta del año en curso basándose en dicha información del período anterior.
Según la legislación tributaria, los asalariados quienes no son responsables de pagar el impuesto a las ventas (IVA) y sus ingresos brutos son conseguidos de al menos un 80% de pagos obtenidos a través de una relación laboral, no se encuentran obligados a hacer la declaración de impuestos. Claro que esto será así siempre y cuando durante el año gravable (en este caso 2021) haya cumplido alguna de las siguientes condiciones:
- Si los ingresos totales de dicho año son iguales o superiores a la cantidad de $50.831.000 (pesos).
- Si el patrimonio bruto al finalizar el año gravable es igual o mayor a la suma de $163.386.000.
- Cuando los consumos hechos con una tarjeta de crédito son iguales o mayores a $50.831.000.
- En el caso que el monto total de las compras y consumos de 2021 sean igual o superior a la suma de $50.831.000.
- Si el valor total de las consignaciones, transferencias bancarias, inversiones financieras y/o depósitos acumulados en el transcurso del año gravable son iguales o superiores a $50.831.000.
- Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2021.
Si cumples con alguno de estos datos y eres persona natural, tendrás que proceder a realizar la declaración a la renta en 2022 en los plazos estipulados por la DIAN que más adelante te indicaremos.
¿A partir de qué monto se declara la renta?
La cantidad a declarar se basa de acuerdo a las condiciones previamente indicadas, no existe un monto exacto que podamos determinar en relación a este impuesto, puesto que esto dependerá de los ingresos, compras, patrimonio, transacciones que hayas hecho el año anterior gravable.
Es importante por ello conocer cuánto apercibiste en 2021. Así sabrás si aplicas para la declaración en 2022. En este sentido vale agregar, que desde el Ministerio de Hacienda indicaron desde ya los montos que regirán para los años próximos. Se trata de una nueva estructura (mecanismo transaccional) que comenzó a partir de este año.
¿A partir de cuánto se declara renta?
Como bien explicamos anteriormente, las cifras varían de acuerdo al caso. Por ejemplo, en materia de bienes la cantidad que se toma es a partir de $163.386.000. Si tu patrimonio es mayor o igual a esta cifra deberás declarar la renta.
Para el resto de los casos, el monto que se toma para este año es de $50.831.000. Sin embargo, el Gobierno colombiano definió los parámetros para 2023 y estos son diferentes a los actuales. Por ejemplo, para el próximo período los asalariados con ingresos superiores a 35 millones anuales (lo cual es un promedio de $2,9 millones mensuales) tendrán que realizar la respectiva declaración de dicho impuesto, mientras que para 2024 la cifra rige desde $30 millones.
Por lo que vemos que cada vez más personas tendrán que declarar renta, puesto que al monto disminuir otro sector de la población seguramente se verá afectado. En este apartado vale mencionar, que, el recaudo de este impuesto en Colombia se ubicó en 6,2% del PIB en 2021 según información brindada por el Ministerio de Hacienda y la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico). De este porcentaje, el 1,2% aplica solo para personas naturales y del resto a personas jurídicas.
Topes para declarar renta 2022
De acuerdo a los datos facilitados por la DIAN, los montos mínimos para realizar la presentación de este impuesto son los que te indicamos en el apartado anterior: patrimonio, $163.386.000; consumos, tarjetas de crédito, operaciones bancarias y demás, $50.831.000.
En cuanto a los topes para, la realidad es que no existe una cifra máxima para la declaración de la renta de personas naturales. Sin embargo, anualmente, Hacienda hace una serie de cambios, constantemente, por lo que podría haber alguna modificación en algún futuro como de por sí lo habrá para los próximos dos años gravables.
Fechas para la declaración de renta 2022
Si ya estás seguro que te toca declarar renta este año, es necesario que conozcas cuál es el calendario tributario presentado por la DIAN. En primer lugar, debes tener presente que las fechas para la declaración de la renta son del 9 de agosto al 19 de octubre para las personas naturales , según sus ingresos de 2021, como ya vimos anteriormente.
Para saber la fecha en la que se presenta este impuesto requerirás de tu NIT (dos últimos dígitos), por lo que tendrás que conocer tu RUT. A continuación, te presentamos una tabla con los plazos para efectuar la declaración. Ten en cuenta que es importante hacerla a tiempo, ya que si te demoras y la terminas presentando tarde podrías recibir una multa.
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite para presentar la declaración a la renta 2022 |
---|---|
01 – 02 | 09 de agosto |
03 – 04 | 10 de agosto |
05 – 06 | 11 de agosto |
07 – 08 | 12 de agosto |
09 – 10 | 16 de agosto |
11 – 12 | 17 de agosto |
13 – 14 | 18 de agosto |
15 – 16 | 19 de agosto |
17 – 18 | 22 de agosto |
19 – 20 | 23 de agosto |
21 – 22 | 24 de agosto |
23 – 24 | 25 de agosto |
25 – 26 | 26 de agosto |
27 – 28 | 29 de agosto |
29 – 30 | 30 de agosto |
31 – 32 | 31 de agosto |
33 – 34 | 1 de septiembre |
35 – 36 | 2 de septiembre |
37 – 38 | 5 de septiembre |
39 – 40 | 6 de septiembre |
41 – 42 | 7 de septiembre |
43 – 44 | 8 de septiembre |
45 – 46 | 9 de septiembre |
47 – 48 | 12 de septiembre |
49 – 50 | 13 de septiembre |
51 – 52 | 14 de septiembre |
53 – 54 | 15 de septiembre |
55 – 56 | 16 de septiembre |
57 – 58 | 19 de septiembre |
59 – 60 | 20 de septiembre |
61 – 62 | 21 de septiembre |
63 – 64 | 22 de septiembre |
65 – 66 | 23 de septiembre |
67 – 68 | 26 de septiembre |
69 – 70 | 27 de septiembre |
71 – 72 | 28 de septiembre |
73 – 74 | 29 de septiembre |
75 – 76 | 30 de septiembre |
77 – 78 | 3 de octubre |
79 – 80 | 4 de octubre |
81 – 82 | 5 de octubre |
83 – 84 | 6 de octubre |
85 – 86 | 7 de octubre |
87 – 88 | 10 de octubre |
89 – 90 | 11 de octubre |
91 – 92 | 12 de octubre |
93 – 94 | 13 de octubre |
95 – 96 | 14 de octubre |
97 – 98 | 18 de octubre |
99 – 00 | 19 de octubre |
Cómo descargar la información reportada por terceros a la Dian
Debido a que es normal que las personas naturales no lleven un registro de sus consumos, bienes, compras, transacciones e ingresos, la DIAN ha puesto una herramienta para que puedan consultar la información reportada a terceros.
Para ello, el contribuyente tiene que contar con una cuenta en la plataforma de dicha entidad. Si aún no la has habilitado ingresa aquí. En esta sección tendrás que brindar el tipo y número de documento de tu cédula de ciudadanía (o extranjería) y la fecha de expedición. En caso de que aún no estés registrado en el sistema te invitamos a conocer cómo crear el RUT.
Una vez que estés en tu cuenta de la DIAN, a continuación, te explicamos cómo proseguir para obtener y descargar esta información:
PASO 1. En “Mis actividades” presiona sobre el botón de “Consultar información exógena”.
PASO 2. Seguidamente, te aparecerá una ventana desde la que tendrás que elegir el año gravable.
PASO 3. Tras seleccionarlo has click en “Consultar” y así obtendrás los datos reportados por terceros.
A tener en cuenta: La información te será descargada en un archivo Excel en que el que se detalla todos los reportes, quién los hizo y el motivo del mismo. Con esta data podrás declarar la renta.
¿Qué pasa si no declaro la renta?
Existen varios escenarios para quienes no hagan su deber de presentar la declaración del impuesto a la renta. Una instancia que se suele dar si no declaras la renta es que se te impone una multa mínima por las obligaciones incumplidas. Esta tiene un costo de $380.000 en 2022. Es importante que sepas que así declares un día tarde, se te cobrará este monto, inclusive si el valor a declarar es de cero pesos.
Por último, si llegases a no declarar el impuesto en todo el año, la sanción que apercibirás será de un 20% sobre el valor de los ingresos brutos o transacciones bancarias según el período gravable en el que no presentaste la declaración. Así lo estipula el artículo 642 de la ley tributaria. Es por esto que siempre debes estar atento a las fechas para hacer tus deberes tributarios.
¿Qué pasa si presento la renta fuera de plazo?
Cuando estamos ante una presentación tardía, es decir, si la haces luego de la fecha límite, deberás abonar una sanción por extemporaneidad la cual es el 5% al cargo total de dicho gravamen. La misma aumentará por cada mes que pase después del plazo prefijado.
En caso de que el plazo haya pasado por completo, el sistema de la DIAN te enviará un mensaje alertándote de la situación y de que tienes 1 mes para hacer el pago del impuesto que tengas que abonar. Si no lo cumples, la legislación tributaria indica que se te anexará un 10% en el monto final a pagar.
Preguntas frecuentes:
¿Qué es el impuesto a la renta?
Se trata de un cargo tanto para personas naturales (trabajadores independientes, asalariados) como jurídicas, que tienen que abonar de acuerdo a sus ingresos, ganancias, etc., que apercibieron en el transcurso año anterior.
Basándose en esta información (declaración de la renta), la DIAN determinará el monto a pagar de dicho impuesto. Es importante saber que esta se hace siempre al año siguiente, puesto que se genera con las operaciones bancarias y financieras del año previo (1 de enero al 31 de diciembre).
¿Cuáles son las opciones para pagar tu declaración de renta?
La DIAN tiene distintas alternativas. Puedes hacerlo por el portal del PSE o con tarjeta de crédito si ya tienes tu firma electrónica en la web de dicha entidad. Asimismo, cuentas con varias entidades bancarias autorizadas. Estas son:
- Banco de Bogotá.
- Banco Popular.
- Bancolombia.
- Banco de Occidente.
- AV Villas.
- Davivienda.
- Itaú.
- Scotiabank Colpatria.
- BBVA
- GNB Sudameris.
- Banco Agrario de Colombia.
- Banco Caja Social.
Para ello debes diligenciar el formulario 490 para usuarios con firma electrónica, sino cuentas con ella, pero usas este recibo tienes que sumarle dos copias de la declaración más el formulario 210 junto a una fotocopia de tu RUT. En ambos casos tendrás que imprimir dos copias en una impresora Láser. No olvides que el cajero del banco tiene que sellar la declaración y recibo de pago para que tu comprobante esté en regla.
¿Cómo conocer si tienes una Declaración de Renta Sugerida?
Para saber si cuentas con información sugerida de parte de la DIAN para tu declaración de renta del año 2022, simplemente ingresa tu Número de Identificación Tributaría, NIT, (sin puntos ni comas) en el siguiente enlace. Seguidamente has click en “Consultar” y de esta manera obtendrás los datos solicitados para fines de la presentación de este impuesto.
Contenido
- 1 ¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?
- 2 ¿A partir de qué monto se declara la renta?
- 3 ¿A partir de cuánto se declara renta?
- 4 Topes para declarar renta 2022
- 5 Fechas para la declaración de renta 2022
- 6 Cómo descargar la información reportada por terceros a la Dian
- 7 ¿Qué pasa si no declaro la renta?
- 8 ¿Qué pasa si presento la renta fuera de plazo?
- 9 Preguntas frecuentes: