El subsidio de transporte es un subsidio que entrega el empleador y que la ley lo obliga a darlo. Tiene la finalidad de que el trabajador tenga un dinero para transportarse de su casa a la empresa y de la empresa a su casa. Es decir, esto reembolsa al trabajador una parte de sus gastos de transporte al centro de labores. Por lo tanto, no es salarial, ya que no tiene como propósito remunerar los servicios prestados por el empleado. Entra aquí.
Para el 2022 el auxilio de transporte vale 117.172 pesos. Este auxilio se paga solo a quienes deban desplazarse al lugar de trabajo. No es obligatorio entregárselo a todos los trabajadores. Si deseas saber ¿en qué casos no se entrega? Aquí encontrarás más información al respecto.
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En caso de vivir en el sitio de trabajo, cerca al mismo o trabajar desde casa
En caso el trabajador viva en su propio centro laboral, no se hace el pago del auxilio de transporte debido a que no existe un gasto que se deba reconocer ni retribuir. En otras palabras, no es necesario hacer una devolución de los gastos de transporte del trabajador. Debido a que se vive en el mismo lugar del trabajo, no es necesario reconocer gastos extra.
La persona que viva cerca al sitio tampoco recibe el auxilio, si recordamos la finalidad de este. Si trabaja desde casa y no debe trasladarse a la empresa, tampoco se le reconocerá este subsidio.
¿Cuándo la empresa ofrece su propio transporte?
Si la empresa cuenta con transporte gratuito, tampoco es necesario aplicar el auxilio de transporte. Sin embargo, la empresa debe cubrir todo el trayecto de viaje del empleado, a saber, del domicilio al trabajo y de regreso mediante una ruta planificada.
Términos de salario y comisiones
Si el trabajador recibe mensualmente el equivalente a más de dos sueldos mínimos, no contará con el subsidio de auxilio de transporte, como beneficio. Si su salario mensual devenga hasta dos sueldos mínimos, pero con las comisiones, pagos de horas extras, recargos nocturnos u otro concepto sobrepasa el monto correspondiente al nombrado, no gozará de este subsidio. En este tipo de casos se deberá verificar mes a mes si puede obtenerlo o no.
Si se trabaja media jornada o menos
Si trabaja media jornada o menos, de igual manera se le deberá pagar el monto correspondiente al auxilio. A pesar de que trabaje tres o cuatro horas pagará del mismo modo por el desplazamiento. Desde ese punto de vista tendrá derecho el trabajador para recibir el 100% de dicho auxilio.
Si va a la empresa algunos días
Se liquidará proporcionalmente a los días que tenga que ir a la empresa. Entonces si a determinado trabajador le implica trasladarse 15 días a la empresa, se le cancelará por concepto esos 15 días en los que tuvo que tomar transporte público o desplazarse por algún medio a dicha empresa.
Descuento del auxilio de transporte
Cuando el trabajador falta al centro laboral por un día o más, el jefe tiene la potestad de realizar un descuento equivalente al transporte de dichos días. Este debe ser proporcional del auxilio de transporte de acuerdo a los días de trabajo. Si la persona está de licencia, incapacidades o vacaciones, el auxilio no se paga en los días en que tenga esa situación. De modo que si de los 30 días, no trabajó 2 días, solo se le pagan 28 días de auxilio de transporte.
Sin embargo, quedan fuera del descuento los días de descanso obligatorio. Así, para calcular cuál es el monto del auxilio de transporte, debemos dividirlo entre 30 y el resultado multiplicarlo por los días trabajados. Dicha cantidad será la retribución que se debe hacer al trabajador.
El auxilio de transporte no es salario, es un subsidio, sin embargo, a pesar de que no sea salario, en la Ley 15 del 51 se establece que debe sumarse al salario como base para primas, cesantías e intereses de cesantías. No se incluye la base de seguridad social.
Cuando hablamos de prestaciones sociales, la ley las incluye de forma expresa. Sin embargo, esto no es porque equivalga a un salario, sino por ser una excepción legal. Este auxilio va a hacer inclusión al calcular las prestaciones sociales. De modo que quienes reciban el auxilio de transporte en efectivo, tienen derecho a que ese valor sea sumado al salario.
Así, el auxilio de transporte se incluye al liquidar la prima de servicios, así como cesantías e interés de las mismas. O sea, está dentro de la base de prestaciones sociales. La única salvedad son las vacaciones, en las que no se hace dicha base.
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